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Impuesto a las Ganancias: cómo funciona el nuevo Régimen de Declaración Jurada Simplificada

Mediante la Resolución General 5820/2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias, un sistema opcional pensado para facilitar la presentación del impuesto a partir del período fiscal 2025.

A continuación, te explicamos qué implica este nuevo esquema, quiénes pueden adherirse y qué aspectos hay que tener en cuenta, en un lenguaje claro y práctico.

¿Desde cuándo aplica?

  • Entra en vigencia: 10 de febrero de 2026.
  • Se aplica a: Declaraciones Juradas del período fiscal 2025 y siguientes.
  • Sistema habilitado: Desde el 11 de febrero de 2026, a través del servicio web correspondiente.

¿Qué es la Declaración Jurada Simplificada?

Es una modalidad alternativa y voluntaria para presentar el Impuesto a las Ganancias.

No reemplaza el impuesto ni cambia las alícuotas, sino que simplifica el procedimiento de presentación para quienes cumplan ciertos requisitos.

Es especialmente relevante para:

  • Profesionales independientes.
  • Pequeños contribuyentes inscriptos en Ganancias.
  • Personas humanas que no estén dentro del universo de grandes contribuyentes.

¿Cómo se realiza la adhesión?

La adhesión es voluntaria y se gestiona a través del servicio:

"Sistema Registral" → opción "Ganancias PH Simplificada"

Puede ejercerse:

  • Desde el inicio del período fiscal correspondiente.
  • Hasta la fecha de vencimiento general para presentar la declaración jurada.

Una vez aceptada, ARCA emite una constancia digital, donde figura desde qué período fiscal el contribuyente queda incorporado al régimen.

¿Cuáles son los requisitos?

Para adherirse o ratificar la permanencia, el contribuyente debe:

  • Tener CUIT activa y sin limitaciones administrativas.
  • No estar bajo la órbita de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes.
  • Estar inscripto en el Impuesto a las Ganancias.

Si se cumplen estos requisitos, el sistema asigna la caracterización:

"639 – Ganancias Simplificado Ley 27799"

Esta condición puede ser consultada tanto por el contribuyente como por terceros (por ejemplo, entidades financieras).

¿Hay que renovarlo todos los años?

Sí. La norma exige una ratificación anual, siempre que se mantengan los requisitos.

La ratificación puede realizarse:

  • Al presentar la declaración jurada simplificada del período anterior.
  • O hasta el vencimiento general del período que se desea confirmar.

¿Se puede renunciar?

Sí. El desistimiento es posible:

  • En cualquier momento antes de presentar la declaración jurada del período correspondiente.
  • Si se presenta la declaración mediante el régimen general, el sistema interpreta automáticamente que se desistió del simplificado.

Importante: desistir del régimen simplificado no implica dejar de estar inscripto en el Impuesto a las Ganancias.

¿ARCA puede excluir al contribuyente?

Sí. Si detecta que no se cumplen los requisitos, puede disponer la exclusión. El procedimiento incluye:

  • Notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Plazo de 15 días hábiles administrativos para realizar el descargo.

El descargo se presenta mediante el servicio "Presentaciones Digitales".

Atención especial: adhesiones realizadas en 2025

Quienes hayan adherido bajo la Resolución General 5704/2025 para el período fiscal 2025 deberán convalidar esa adhesión para continuar dentro del régimen.

La convalidación debe realizarse hasta el vencimiento general de la declaración jurada 2025.

Si no se convalida en término, se considerará desistida la opción simplificada para ese período.

¿Qué implica en la práctica para contribuyentes de CABA y Provincia de Buenos Aires?

Para profesionales y personas humanas radicadas en CABA y Provincia de Buenos Aires, este régimen puede representar:

  • Menor carga administrativa.
  • Procedimientos más ágiles.
  • Mayor previsibilidad en la gestión fiscal.

Sin embargo, cada situación debe analizarse individualmente. No todos los contribuyentes se beneficiarán de la misma manera.

Recomendación profesional

Antes de adherir o ratificar la permanencia, es recomendable:

  • Evaluar el perfil fiscal.
  • Analizar ingresos, deducciones y estructura de actividad.
  • Confirmar que se cumplan todos los requisitos formales.

Un correcto asesoramiento evita exclusiones, inconsistencias o presentaciones fuera de término.

Si querés analizar si este régimen es conveniente para tu situación particular en CABA o Provincia de Buenos Aires, podemos ayudarte a evaluarlo y gestionar la adhesión o ratificación correspondiente.

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